ASODEISA RIFA TOYOTA RAIZE 2025

TERMINOS Y CONDICIONES

El siguiente documento contiene las condiciones bajo las cuales se regulará la rifa del vehículo
marca TOYOTA, estilo RAIZE, modelo 2025, lo dispuesto aquí será de acatamiento obligatorio
tanto así para los participantes como para el organizador. Se tendrá por entendido que todo
participante, al decidir participar en esta rifa, conoce y acepta los términos, condiciones y limitaciones establecidas en el presente documento.
1. El Organizador: Esta rifa es organizada por la Asociación de Empleados de Irazu (ASODEISA). Como tal, será el único responsable de la misma. Para efectos acá descritos, será denominado como “El Organizador” o como “ASODEISA”.
2. Jurisdicción: Esta rifa es válida exclusivamente para la República de Costa Rica.
3. Participantes: La rifa está dirigida a los colaboradores de todas las sucursales de Ferreterías y Depósitos Irazú, Centro Carpintero Irazú, Mayoreo del Istmo S.A. y al público en general.
3.1 Requisitos para para participar:
– Ser persona jurídica o persona física mayor de 18 años.
– Comprar un cupón al que se le denominará también como número, el cual deberá estar sellado
y firmado por los encargados correspondientes para que tenga validez.
4. Periodo de venta de cupones o números:
La venta de los números inicia el 2 de enero del 2025 y finaliza el 12 de diciembre del año 2025
previo al sorteo del Gordo Navideño de la Lotería Nacional. Son sólo 100 números disponibles.
5. Mecánica de la rifa:
A partir del 2 de enero del año 2025, hasta el 12 de diciembre del 2025, estarán disponibles 100
cupones a la venta para la rifa de un vehículo marca TOYOTA RAIZE 2025, cada cupón
representará un número entre 00 al 99, el cual el participante puede escoger siempre y cuando
esté disponible, cada número tendrá un costo de ¢300.000.00 (trecientos mil colones), estos
deben ser cancelados directamente a ASODEISA, en caso de ser asociado, los números podrán
ser financiados (los rebajos se harán automáticamente de planilla).
Los números también estarán disponibles para la venta al público, pero en este caso deberán
ser cancelados de contado.
Todo cupón de número vendido debe ser validado por Yessenia Guzman encargada de
ASODEISA y por Jacqueline García presidenta de ASODEISA, así como debe ir con el respectivo sello de la entidad para que tenga validez.
El número ganador será el mismo que sea elegido como primer premio o “premio mayor” del
Gordo Navideño de la Lotería Nacional del año 2025.
6. Premio:
-El premio será un vehículo marca TOYOTA, modelo RAIZE, High Line CVT, año 2025. Incluye los gastos de traspaso. No incluye marchamo 2026.
7. Sorteo:
-La fecha del sorteo será en el mes de diciembre del año 2025, el día que se juega el Gordo
Navideño de la Lotería Nacional de Costa Rica, el número ganador será el mismo que sea elegido
en el sorteo del Gordo Navideño de la Lotería Nacional del año 2025 como primer premio o “premio mayor”.
8. Reclamo del premio:
– Para el reclamo del premio, el ganador se debe hacer presente en la fecha indicada la cual será
proporcionada por el organizador para el retiro del mismo.
– El ganador debe presentar el cupón con el número ganador con su respectiva validación, el cual ya debe estar cancelado en su totalidad.
– La fecha del retiro del premio no podrá exceder de 30 días hábiles una vez coordinado con el organizador.
– Una vez vencido este plazo no tendrán derecho a reclamar ni pretender el premio o indemnización alguna.
– La entrega del premio se realizará en las instalaciones de Mayoreo del Istmo, en las oficinas de ASODEISA.
– Para la entrega del premio el ganador deberá portar su documento de identificación el cual
debe estar vigente para realizar los trámites de traspaso.
– En caso de ser persona jurídica, el premio deberá ser retirado por la persona que esté facultada
para hacerlo o con un poder emitido por la misma.
– La entrega del premio se le hará UNICA Y EXCLUSIVAMENTE a la persona que resulte
ganadora, persona dueña del cupón con el número ganador.
– Si los ganadores no se comunican dentro del plazo indicado o si de alguna manera incumple
con algún punto indicado en este documento, se entenderá que renuncia a su premio.
– Si el ganador no acepta el premio perderá el derecho al mismo.
– Si el premio no se hiciere efectivo o si fuese rechazado, por las razones que sean, será
propiedad del Organizador, quien dispondrá de este en la forma que más le parezca.
– El premio no podrá cambiarse por otro tipo de mercadería ni por dinero en efectivo ni se podrá
realizar ningún tipo de canje.
– El Organizador se reserva el derecho de no entregar el premio, en caso de que la persona
favorecida no presente dichos documentos en las condiciones descritas.
9. Condiciones y restricciones:
En la presente rifa se consigna la frase “APLICAN RESTRICCIONES”, en alusión a que la participación de los interesados, así como la propia rifa y el premio, están sujetos a ciertas
condiciones y limitaciones las cuales son las que estamos indicando en este documento.
Si existiera algún asunto que se presente con la rifa y que no se encuentre contemplado en el
presente documento, será resuelto por el Organizador, en apego a las leyes de la República de Costa Rica.
Si alguno de los asociados se retira de ASODEISA o no continúa laborando para alguna de las
empresas ligadas, no se hará devolución de dinero correspondiente al número financiado y en
caso de que falten cuotas para terminar de cancelar el número, se rebajará del aporte obligatorio.
Si alguno de los asociados desea devolver algún numero no se le reintegrará lo pagado hasta el
momento de la devolución del mismo.
Si algún participante devuelve algún número, este mismo será puesto nuevamente como
disponible para que otro participante lo pueda comprar.
Todo numero debe estar cancelado en su totalidad antes del 17 de diciembre del 2025.
El Organizador se responsabiliza únicamente por hacer la entrega del premio indicado en este documento.
El ganador deberá cancelar el monto adicional de ¢100,000.00 (cien mil colones) por el concepto de recisión de escritura para proceder con los tramites de inscripción.
El ganador libra de toda responsabilidad al organizador por los gastos incurridos para participar de esta rifa, para hacer efectivo el premio o para disfrutarlo, así como cualquier daño,
sobre las personas o las cosas, que se pudiesen ocasionar en virtud de esta rifa o durante el disfrute del premio.
Si el ganador no acepta el premio, se considerará que renuncia al mismo y en ese acto se extinguirán sus derechos en relación con la rifa y no tendrán derecho a reclamo o
indemnización alguna.
Si se demuestra que un participante no brindó los datos correctos por error u omisión, o recibió
un premio por medio de engaño, el organizador podrá reclamar el premio entregado en
cualquier momento, y se reserva el derecho de tomar las acciones legales del caso y reclamar
daños y perjuicios.
10. Derechos de imagen:
Con la participación en la rifa, los participantes aceptan y autorizan que sus nombres e imagen
aparezcan en las redes sociales oficiales de ASODEISA y demás medios y material de publicidad
con fines promocionales que los organizadores deseen hacer durante la campaña o una vez
finalizada la misma, esto sin que ello implique la obligación de remunerarlos o compensarlos
adicionalmente. De esta manera, renuncian a cualquier reclamo por derechos de imagen.
11. Ganador del Premio:
El ganador se dará a conocer posterior al Sorteo del Gordo Navideño de la Lotería Nacional del
año 2025, una vez dado a conocer, y por un plazo de 15 días, el nombre del ganador estará  disponible para ser consultado por cualquier interesado que así lo solicite en el número
telefónico 2292-9370 EXTENSION 1005 perteneciente las oficinas de la Asociación de Empleados de Irazú.
12. Información personal:
La información brindada por los participantes pertenecerá al Organizador, estos mismos al
aportar sus datos, autorizan el acceso a dicha información por parte del Organizador y su inclusión en una base de datos con el fin de realizar esta rifa y brindar información para futuras
promociones. Cualquier consulta o duda sobre la interpretación y alcances del presente
reglamento, podrá evacuarse mediante vía telefónica al número 2292-9370, EXTENSION 1005
perteneciente a las oficinas de la Asociación de Empleados de Irazú.